Economistas de la Facultad analizan el RIGI

La industria nacional y pampeana en peligro. Más concentración económica y menos federalismo.

En conjunto al DNU 70/2023, la reforma y tratamiento de la modificada Ley de Bases -y con media sanción desde el 30 de abril del corriente- en la HCDN de nuestro país, tiene como objetivo una reforma estructural – liberal del estado argentino, particularmente, de la economía nacional. 

Acompañado de otras reformas, la Ley de Bases busca aprobar un nuevo Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI), con múltiples beneficios impositivos y arancelarios para grandes corporaciones que inviertan más de U$S 200 millones, dejando en desigualdad competitiva a la casi totalidad de la industria nacional y al 100% de las empresas pampeanas por 30 años. 

En líneas generales, las ventajas competitivas que se le otorgan en perjuicio de las PYMES son: 1) reducción de la alícuota de impuesto a las ganancias del 35% del régimen general al 25% para corporaciones adheridas al RIGI; 2) posibilidad de pago total del Impuesto al Valor Agregado (IVA) con crédito fiscal; 3) exención a las percepciones de IVA y ganancias; 4) exención al pago de tasa estadística; impuesto país y derechos de importación, 5) posibilidad de utilizar el impuesto a los débitos y créditos bancarios a cuenta del impuesto a las ganancias; 6) eximición de pago de derechos de exportación luego del tercer año y/o segundo año en caso de ser exportación estratégica (en caso de exportar más de U$S 1.000 millones al año); 7) beneficio de amortización acelerada para las inversiones; 8) las ganancias derivadas de dividendos, utilidades y remesas tienen una alícuota de 7%, luego de 7 años de adhesión y 3 años desde el cierre del ejercicio fiscal que se realizaron las utilidades serán 3,5% y 9) libre disponibilidad de divisas y exención de obligación de liquidar al BCRA.

Fuente: Cuadro extraído de CEPA (2024) y validado con el texto del proyecto de Ley de Bases.

La implementación de este régimen discrimina a nuestras PyMES, da ventajas a sectores y corporaciones que no las necesitan, direcciona recursos a una primarización extractivista de la estructura económica y social de nuestro país, no promueve procesos de agregado de valor y desarrollo de nuevas oportunidades laborales y avanza de forma agresiva sobre la soberanía de las provincias; perjudicando el desarrollo económico de nuestro país.

La industria pampeana está en peligro: Las desventajas impositivas de las grandes corporaciones las dejarán fuera de los mercados domésticos, la industria, en particular la de alimentos (carnes, granos, aceites, etc) y el comercio corren riesgo de ser absorbidos o destruidos por las grandes corporaciones internacionales transformándose, en el mejor de los casos, en sucursales o subsidiarias de estas. Específicamente, los beneficios del régimen dejan fuera de competencia a las PYMEs ante la imposibilidad de acceso a inversiones mayores a los U$S 200 millones.

Si bien la ley no especifica ningún sector, lo cual representa una amenaza para todo el espectro productivo, los beneficios estarían destinados -en un primer momento- a la explotación de recursos naturales de las industrias de petróleo, gas, minería y agro. En este sentido, la adhesión al régimen habilita a destinar el total de la producción al mercado externo, profundizando la asimetría entre los precios de tarifas energéticas y los ingresos de las PyMEs; aún en contextos de crisis o guerras.

Además, atenta contra la soberanía económica de las provincias consagrada en nuestra constitución respecto de las decisiones de política fiscal tributaria y de administración de sus recursos naturales.

La pérdida de soberanía jurídica se completa con la delegación del poder judicial al fuero internacional más amigable con los intereses corporativos internacionales (el CIADI), relegando la autoridad de uno de los tres poderes de nuestro país. 

Finalizado el RIGI, La Pampa se quedará sin sus recursos naturales, sin industria propia, sin PyMEs comerciales y con un gobierno provincial desfinanciado. Esto traerá aparejado un deterioro en los niveles de ingreso de la población pampeana,  graves problemas de empleo y una drástica caída en la accesibilidad a los servicios esenciales como salud, educación y alimentos.

Todos estos resultados van en contra de los motivos esenciales que justifican la existencia de estos regímenes: 1) la generación de nuevas actividades económicas que se consideren estratégicas y requieran condiciones especiales por un tiempo razonable (entre 5 y 10 años) para su consolidación, 2) los incentivos generales para la ampliación de la inversión en actividades existentes, 3) todo ello en el marco del objetivo central de cualquier política pública que es el desarrollo sostenible y con equidad social de la comunidad. 

Existe otro camino de desarrollo y consolidación de las grandes inversiones dentro del territorio nacional y provincial. En particular, resulta apropiado mencionar -en rasgos generales- los aportes de la Ley de Incentivos Fiscales de la provincia de La Pampa para la radicación de inversiones dentro de los límites provinciales. 

Mediante políticas económicas destinadas a impulsar el sector privado en la provincia, esta normativa busca incentivar las inversiones con beneficios apoyados en 3 pilares: 1) reducir la presión fiscal para los contribuyentes cumplidores que aumenten sus inversiones para crecer, 2) el desarrollo de nuevas actividades productivas, que diversifiquen la producción y aumenten el empleo sin atentar contra la sostenibilidad de otras PyMEs que ya apostaron por argentina y 3) con un beneficio asociado a la generación de empleo para garantizar el impacto en el resto de comunidad a través de la creación de puestos genuinos de trabajo. 

Informe en co-trabajo entre el Observatorio Universitario de Economía (FCEyJ-UNLPam) y la Agencia de Inversiones y Comercio Exterior (I-Comex).  28 de mayo de 2024.

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