Procuración
La persona que estudie Procuración será un /a graduado/a con formación teórico–práctica en el área del Derecho, con acreditados conocimientos y capacidades que le habilitan para elaborar escritos correspondientes a los alcances del Título, desempeñar funciones en la administración judicial, en la administración pública, en estudios jurídicos o como gestor/a jurídico/a, entre otros. De esta manera, se pretende que quién se gradúe de esta carrera: a) adquiera una formación universitaria que le permita conocer las principales concepciones acerca del Derecho y del Estado; b) esté capacitado para intervenir, en el marco de sus incumbencias, en la resolución de problemas del ámbito del derecho; c) esté dotado de conocimientos y capacidades valederas para la realización de gestiones jurídicas en el ámbito privado y público, jurisdiccional y administrativo.
Se pretende que el graduado de esta carrera:
a) Adquiera una formación universitaria que le permita conocer las principales concepciones acerca del Derecho y del Estado.
b) Esté capacitado para intervenir, en el marco de sus incumbencias, en la resolución de problemas del ámbito del derecho.
c) Esté dotado de conocimientos y capacidades valederas para la realización de gestiones jurídicas en el ámbito privado y público, jurisdiccional y administrativo.
Perfil del Título
El Procurador será un graduado con formación teórico – práctica en el área del derecho, con acreditados conocimientos y capacidades que lo habilitan para:
- Elaborar escritos correspondientes a los alcances del Título.
- Desempeñar funciones en la administración judicial.
- Desempeñar funciones en la administración pública.
- Desempeñar funciones en estudios jurídicos o como gestor jurídico
Alcances del Título
Conforme el plexo normativo vigente (Ley Nacional 10.996/19 – Ley Provincial 3/62 – Resolución Ministerial Nº 1560/80), el título de Procurador faculta a:
- Representar en juicio o proceso o fuera de él bajo patrocinio letrado.
- Presentar con su sola firma aquellos escritos que tengan por objeto activar el procedimiento, acusar rebeldía, deducir recurso de apelación general, los de mero trámite.
- Interponer los recursos legales contra toda sentencia definitiva adversa a su parte y contra toda regulación de honorarios que corresponda abonar a la misma, salvo el caso de tener instrucciones por escrito en contrario de su respectivo comitente.
- Asistir por lo menos en los días designados para las notificaciones en la oficina, a los juzgados o tribunales donde tengan pleitos y con la frecuencia necesaria en los casos urgentes.
- Presentar los escritos debiendo llevar firma de letrado los de demanda, oposición de excepciones y sus contestaciones, los alegatos y expresiones de agravios, los pliegos de posiciones e interrogatorios, aquellos en que se promueven incidentes en los juicios, y, en general, todos los que sustenten o controvierten derechos, ya sean de jurisdicción voluntaria o contenciosa.
- Concurrir a las audiencias que se celebren en los juicios en que intervengan.
- Realizar representaciones judiciales y administrativas.
Plan de estudios actual:
Resolución C.S. Nº 398/19 – Aprueba Plan de Estudios 2020
Nota de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación de la Nación
Planes de estudios anteriores:
Resolución C.S. Nº 181/17 – Aprueba Plan de Estudios 2017
Resolución C.S. Nº 147/13 – Aprueba Plan de Estudios 2013
Primer Año
- Introducción a la Sociología
- Introducción al Derecho
- Historia de las Instituciones
- Taller de Lectura y Comprensión de textos jurídicos
- Taller de Escritura
- DD HH y Garantías Constitucionales
- Fundamentos de Derecho Privado
Segundo Año
- Derecho Constitucional
- Teoría del Acto Jurídico
- Taller de Mediación, Negociación y Resolución de conflictos
- Teoría del Delito y de la Pena
- Derecho Público Provincial y Municipal
- Derecho de las Obligaciones
- Seminario de derecho Administrativo
- Derecho de la Contratación
Tercer Año